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2017¿Cuándo un fotógrafo puede incurrir en una infracción al derecho de autor?
¿Cuándo un fotógrafo puede incurrir en una infracción al derecho de autor?
Los fotógrafos al hacer sus fotografías captan en ellas esculturas, construcciones, prendas de vestir, juguetes u obras artísticas; estas obras tienen derecho de autor y solo el correspondiente titular de los derechos, puede reproducir la obra y otorgar el permiso correspondiente para su reproducción.
El fotografiar una obra protegida por derecho de autor, es como reproducirla; por tal razón, al realizar una fotografía debemos tener presente, si dentro de ella hay alguna obra que tenga derechos de autor; si es así, pedir los permisos correspondientes al titular de los derechos.
Al cometer una infracción de derechos de autor un fotógrafo se puede enfrentar a compensar económicamente y pagar los daños causados; adicionalmente asumir otros gastos tales como costos jurídicos.
Qué tipos de obra están protegidas:
Obras literarias: Libros, periódicos, revistas y catálogos.
Obras artísticas: Obras arquitectónicas, esculturas, pinturas, caricaturas y obras de arte realizadas con láser o computador.
Obras Fotográficas: Fotos, grabados y pósters.
Las imágenes animadas: Películas, programas de televisión, documentales y comerciales.
Obras dramáticas: Teatro, opera, danza.
Obras de artes aplicadas: Joyas, papel pintado, alfombras, artesanías, juguetes, tejidos, prendas de vestir.
Otros: Anuncios Publicitarios, impresos comerciales, carteleras, marquillas y etiquetas, títulos, lemas y logotipos, mapas, globos terráqueos, cartas de navegación, gráficos y dibujos técnicos
Situaciones en las que debido a una excepción sobre la protección por derecho de autor se podrá fotografiar libremente material protegido:
Fotografía Arquitectónica
En muchos países se pueden fotografiar las fachadas de una construcción si están situadas o visibles desde un lugar público y no acarrearía una violación a los derechos de autor ; ya es otro caso que sin autorización se hagan fotografías de los interiores de un recinto, ya que para ello se necesita una autorización expresa.
Fotografías de obras situadas en lugares públicos
Para fotografiar obras artísticas que se exhiben de forma permanente en un lugar público, no se requiere un permiso especial, se pueden publicar y comercializar sin que exista una infracción al derecho de autor.
Esta excepción sólo se aplica a ciertos tipos de obras: obras tridimensionales como esculturas o instalaciones y objetos artesanales. Se puede requerir un permiso para fotografiar un cuadro, mural, street art o graffiti, que se encuentran en un lugar público. Para fotografiar una escultura en un lugar privado (patio interior o plazoleta interior) se necesitará un permiso. Si quiere fotografiar una escultura que está temporalmente en un lugar público, se deberá pedir autorización.
Fotografías que acompañan reportajes
En general, las obras protegidas por derecho de autor pueden utilizarse para ilustrar las noticias de prensa, por ejemplo, se puede fotografiar una escultura que ganó un premio importante, si la foto se va a utilizar en un informativo de televisión, artículo de prensa consagrado al ganador o en el que se anuncia el nombre del ganador. Sin embargo, se tendrá la obligación de indicar el nombre del autor y contactarlo para pedir su autorización de uso, además de incluir el nombre y/o el título de la obra que aparece en la foto.
Fotografías que acompañan reseñas o críticas
En muchos países el material que esta protegido por derecho de autor puede ser utilizado para reseñas o críticas, como por ejemplo, cuando se toman fotos de viñetas para ilustrar un libro en el que se reseñan, critican y analizan dichas viñetas. Al igual que en la excepción de las noticias, generalmente se tendrá que identificar la obra protegida por derecho de autor y el artista.
Fotografías de obras protegidas para anunciar su venta
La fotografía de una obra artística con el único fin de anunciar su venta, por ejemplo, en un catálogo de subastas o de ventas, normalmente no requerirá una autorización previa.
Fotografías sólo para uso privado
En la mayoría de países se pueden realizar fotografías con fines privados, sin pedir una autorización; un ejemplo de esto es tomar una fotografía de un cuadro y utilizarla como fondo de pantalla, no constituiría una infracción al derecho de autor, comercializarla si sería una infracción segura.
Artículo escrito por: Peter Liévano